Lo más probable es que no. “La protección de los derechos de autor para los diseños de artículos útiles es extremadamente limitada. El diseño de un artículo útil está protegido por derechos de autor “solo si, y solo en la medida en que dicho diseño incorpora características pictóricas, gráficas o escultóricas que pueden identificarse por separado y son capaces de existir independientemente de los aspectos utilitarios de el artículo.” 17 U.S.C. § 101 (definición de “obras pictóricas, gráficas y escultóricas”).

“Un” artículo útil “es un artículo que tiene una función utilitaria intrínseca que no es simplemente retratar la apariencia del artículo o transmitir información. Ejemplos son ropa, muebles, maquinaria, vajillas y accesorios de iluminación “. U.S. Copyright Office, Circular 40 revisada: 09/2015.

Una reciente decisión de la Corte Suprema de los EE. UU., Star Athletica, LLC v. Varsity Brands, Inc (2017) aplicó una prueba de dos partes para que una prenda de vestir tenga derechos de autor:

“Decide: una característica incorporada en el diseño de un artículo útil es elegible para protección de derechos de autor solo si la característica (1) puede ser percibida como una obra de arte bidimensional o tridimensional separada del artículo útil, y (2) califica como una obra pictórica, gráfica o escultórica protegible, ya sea sola o fijada en algún otro medio tangible de expresión, si se imaginara por separado del útil artículo en el que se incorpora “.

Estos diseños son principalmente “combinaciones, posicionamientos y arreglos de elementos” que incluyen “galones”. . . , líneas, curvas, rayas, ángulos, diagonales, invertidos [galones], colorear y formas “. En este caso están en cuestión los diseños 299A, 299B, 074, 078 y 0815. Ver:

La corte razonó que “Primero, las decoraciones pueden identificarse como características que tienen cualidades pictóricas, gráficas o escultóricas. En segundo lugar, si esas decoraciones se separaran de los uniformes y se aplicaran en otro medio, calificarían como obras de arte bidimensionales según §101. Eliminar imaginativamente las decoraciones de los uniformes y aplicar §101. ellos en otro medio tampoco replicarían el uniforme mismo “.

Sin embargo, el diseño de una máscara facial probablemente no puede tener derechos de autor, sin embargo, las características artísticas, pictóricas, gráficas o escultóricas que se pueden identificar por separado y pueden existir independientemente de los aspectos utilitarios del artículo puede protegerse bajo derechos de autor. Para que ese sea el caso, por ejemplo, la obra de arte debe ser una “obra original de autoría fijada en cualquier medio tangible de expresión, ahora conocido o desarrollado posteriormente, desde el cual pueda ser percibido, reproducido o comunicado de otro modo, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo “.

El diseño de una máscara facial puede protegerse adicionalmente, en algunas circunstancias mediante la marca registrada como configuración del producto. Vea nuestra reciente publicación de blog sobre la configuración / diseño del producto en la ley de marcas registradas: https://tmmiami.com/can-i-trademark-a-design-of-a-product.

Otra forma de proteger el diseño de una máscara facial es a través de patentes de diseño. Se puede otorgar una patente de diseño a “Quien invente cualquier diseño nuevo, original y ornamental para un artículo de fabricación puede obtener una patente para el mismo” 35 U.S.C. § 171. Sin embargo, las patentes de diseño son difíciles y caras de obtener e implican un largo proceso de examen. Como con todas las patentes, finalmente caducan, en el caso de las patentes de diseño, el plazo de las patentes de diseño es de 15 años a partir de la fecha de emisión de la patente.

He ayudado a innumerables pequeñas y medianas empresas a navegar por las complejidades de la protección de artículos útiles para asegurar y proteger sus derechos de propiedad intelectual. Me gustaría ayudarlo a usted también protegiendo sus derechos sobre marcas comerciales, derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual en los EE. UU. Y en el extranjero antes de que lo haga otra persona.