La Ley Agrícola de 2018, promulgada como ley el 20 de diciembre de 2018, enmendó la Ley de Comercialización Agrícola de 1946 (AMA) y cambió ciertas autoridades federales relacionadas con la producción y comercialización de “cáñamo”. “Estos cambios incluyen la eliminación de” cáñamo “de la definición de marihuana de la CSA, lo que significa que las plantas de cannabis y sus derivados, como el CBD, que no contienen más del 0,3% de THC en peso seco, ya no son sustancias controladas por la CSA”. El cannabis y el CBD derivados de la marihuana (es decir, Cannabis sativa L.con más del 0.3% de THC en peso seco) aún violan la ley federal.

El 2 de mayo de 2019, la USPTO emitió nuevas pautas de examen para las marcas de cannabis y bienes y servicios relacionados con el cannabis.

Para las solicitudes presentadas a partir del 20 de diciembre de 2018 que identifican productos que incluyen cannabis o CBD, la Ley Agrícola de 2018 elimina potencialmente la CSA como motivo de denegación del registro, pero solo si los productos se derivan de “cáñamo”.

Sin embargo, no todos los productos de CBD o productos derivados del cáñamo son legales según la Ley Agrícola de 2018. Dichos productos también pueden plantear problemas de uso legal en virtud de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FDCA). Por ejemplo, el uso en alimentos o suplementos dietéticos de un fármaco o sustancia que se somete a investigaciones clínicas sin la aprobación de la Administración de Drogas y Alimentos de los EE. UU. (FDA) viola la FDCA. La Ley Agrícola de 2018 preservó explícitamente la autoridad de la FDA para regular los productos que contienen cannabis o compuestos derivados del cannabis bajo la FDCA. Por lo tanto, el registro de marcas para alimentos, bebidas, suplementos dietéticos o golosinas para mascotas que contengan CBD seguirá siendo rechazado como ilegal según la FDCA, incluso si se derivan del cáñamo, ya que dichos productos no pueden introducirse legalmente en el comercio interestatal.

En el caso de las marcas de servicio, cuando las solicitudes mencionen servicios que involucren actividades relacionadas con el cannabis, se examinarán para verificar que cumplan con la CSA y la Ley Agrícola de 2018. Dichas marcas de servicio para empresas involucradas en la fabricación, distribución, dispensación o posesión de cannabis “la USPTO continuará rechazando el registro cuando los servicios identificados en una solicitud involucren cannabis que cumpla con la definición de marihuana y abarquen actividades prohibidas por la CSA porque dichos servicios aún violar la ley federal”.

Sin embargo, el Congreso está tratando de remediar esta situación. Presentada en la Cámara en febrero de 2021, la Ley de Estabilización del Mercado y Protección del Consumidor de CBD derivado del cáñamo y el cáñamo de 2021 (H.R.841). Este proyecto de ley permitirá el uso de cáñamo, cannabidiol (es decir, CBD) derivado del cáñamo o cualquier otro ingrediente derivado del cáñamo en un suplemento dietético, siempre que el suplemento cumpla con otros requisitos aplicables. (Actualmente, la posición de la Administración de Drogas y Alimentos es que los productos de CBD no pueden venderse como suplementos dietéticos). En el Senado S.1698 – Ley de seguridad del consumidor y acceso al cáñamo.

La ley actual prohíbe, con limitadas excepciones, la venta de alimentos y suplementos dietéticos que contienen un ingrediente que es un ingrediente activo en (1) un medicamento aprobado, o (2) un medicamento para el cual se han realizado investigaciones clínicas sustanciales y de conocimiento público. Estos proyectos de ley eximen del cáñamo y los ingredientes derivados del cáñamo, como el cannabidiol derivado del cáñamo, de esta prohibición. La Administración de Alimentos y Medicamentos puede establecer requisitos de etiquetado y envasado para dichos alimentos y suplementos dietéticos.

Hasta que el Congreso actúe, si los elementos o actividades con los que se pretende utilizar la marca en conexión son ilegales, el uso legal real en el comercio no es posible y no puede haber ninguna intención de buena fe de usar legalmente la marca en el comercio. Por lo tanto, la USPTO rechazará el registro de su marca.

Otra opción es solicitar protección de marca registrada a nivel estatal. Sin embargo, dicho lugar de protección se limitará a los estados donde a los estados que han legalizado la marihuana ya sea para uso recreativo o medicinal.

Me gustaría ayudarlo aconsejándole sobre cómo proteger mejor sus marcas de CBD y otros derechos de propiedad intelectual en los EE. UU. Y en el extranjero.